10 Preguntas y 10 Respuestas de Interés Interpretativas
Providencia Administrativa CJ-060-2020
INPSASEL
5) ¿Cuáles son los criterios o aspectos para elaborar el Programa de Bioseguridad para una Empresa de Servicio y/o Manufactura?
Pareciera que esta Providencia sería la nueva norma que rige los lineamientos mínimos que
debe contener los Programas de Bioseguridad que cada organización para evitar focos del
COVID-19, sin embargo, la estructura es un poco ambigua y confusa, de todos modos, la
estructura de la providencia está definida en:
a) Criterio Legal
b) Criterio Epidemiológico
c) Criterio Epidemiológico
6) ¿Si ya tengo el Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo (PSST), este Programa de Bioseguridad para prevención del COVID-19 es una extensión o es otro programa aparte?
La interpretación es que las empresas deberán contar con un Programa de Bioseguridad adicional al Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo o en su efecto ambos Programas pueden fusionarse, como al providencia menciona es que se deberá utilizar la misma metodología de la NT-01-2008 (suponiendo que se refiere a la caracterización de los procesos productivos para obtener una evaluación de riesgos) y debe contener prácticamente los mismos ítems del PSST, nos parece lógico incluir los protocolos de bioseguridad ante el COVID-19 dentro del PSST, si de igual manera debemos actualizar las caracterizaciones del proceso productivo al contar con un nuevo riesgo biológico que nos llevará a una nueva evaluación de riesgos y por ende actualización de los Principios de la Prevención de las Condiciones Inseguras e Insalubres y los demás Planes de Trabajo que ya de por si están en el PSST.
7) ¿Si no tengo un PSST actualizado o elaborado que esté vigente y aprobado por el CSSL?
Ahora bien, sí la empresa tiene el PSST no vigente, o no dispone del mismo; entonces lo pueden
manejar de manera integral, tal cual cómo se desarrolla un sistema de gestión integral donde se fusiona la gestión de calidad, Seguridad y ambiente.
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